Causales legales para poner fin al contrato de
trabajo
- Muerte del trabajador.
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Renuncia voluntaria.
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
- Fin del trabajo o servicio.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
- Conducta indebida de carácter grave, la que debe ser debidamente comprobada. Por ejemplo, falta de probidad del trabajador, acoso sexual o conducta inmoral.
- Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del negocio y que aparecen como prohibidas en el contrato.
- No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, o dos lunes en el mes, o un total de tres días en el mes.
- Abandono del trabajo por parte del trabajador.
- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten el funcionamiento del establecimiento, la seguridad o la actividad de los trabajadores.
- Daño material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.
- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
¿Cómo se
comunica la terminación del contrato?
A través
de una carta, que el empleador debe entregar personalmente o por correo
certificado, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, que contenga lo
siguiente:
- la
causal legal aplicada.
- los
hechos en los que se funda.
- el
monto de las indemnizaciones, por término de contrato, si
correspondiere.
- estado
en que se encuentren las imposiciones del trabajador, hasta el último día del
mes anterior al despido, adjuntando comprobantes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario